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Audiencias y Apelaciones

¿Qué puedo hacer si he sido señalado por abuso y/o negligencia infantil?
Si ha sido señalado por abuso y/o negligencia infantil, esto significa que un investigador de DCFS realizó una investigación y determinó que había evidencia creíble de que un niño fue víctima de abuso o negligencia. Un hallazgo indicado es un asunto separado de cualquier procedimiento judicial penal o de menores.

Si recibió un aviso de un hallazgo indicado de abuso y/o negligencia infantil, tiene ciertos derechos, que incluyen:

  • El derecho a recibir una copia del archivo de investigación, en ausencia de cierta información que el departamento tiene prohibido divulgar por ley;
  • El derecho a solicitar una audiencia de apelación administrativa de la determinación indicada, también conocida como apelación de expurgación, que incluye el derecho a una audiencia en la que el perpetrador indicado y el departamento pueden presentar testimonio y otras pruebas ante un juez de derecho administrativo neutral que hace una hallazgo recomendado al director de DCFS; y
  • El derecho a solicitar la revisión judicial de la decisión administrativa final del director después de una audiencia de apelación administrativa.

¿Qué pasa si no apelo?
Si decide no apelar la decisión indicada, su nombre permanece en el Registro Central del Estado por un período de cinco años a 50 años, dependiendo de la acusación específica que se indique. El Registro Central del Estado es una lista confidencial de personas que se ha determinado que son perpetradores de abuso y/o negligencia infantil. La información mantenida en el Registro Central del Estado del departamento es confidencial y no está abierta al público en general. Sin embargo, la ley estatal requiere que varios empleadores, como guarderías, algunas escuelas y otras instalaciones donde las personas trabajan directamente con niños, realicen una verificación de antecedentes de posibles empleados o voluntarios para determinar si la persona ha sido señalada por abuso y/o negligencia infantil. como parte del proceso de empleo.

¿Cuánto dura el proceso de apelación?
Debe solicitar una apelación dentro de los 60 días posteriores a la fecha de notificación enviada por el departamento. A partir de entonces, la audiencia previa, la audiencia probatoria formal y la decisión administrativa final deben completarse dentro de los 90 días posteriores a la recepción de su solicitud de apelación, a menos que solicite una continuación o se acuerde una continuación. Si usted es un trabajador de cuidado infantil, la audiencia previa, la audiencia probatoria formal y la decisión administrativa final se completarán dentro de los 35 días, a menos que solicite una continuación o se acuerde una continuación. Un trabajador de cuidado infantil es cualquier persona empleada para trabajar directamente con niños y cualquier persona que sea propietaria u operadora de un centro de cuidado infantil.

¿Necesitas ayuda o quieres saber más?
Para obtener más información sobre las investigaciones de DCFS, lea el folleto Lo que necesita saber sobre una investigación de abuso o negligencia infantil en inglés , español o chino (中国)

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